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Pero lo que deja más claro la sentencia es que "en el caso de no haberse procedido a la retirada de ninguno de los comentarios, la demandada no tendría responsabilidad alguna en base a la ya invocada ausencia de obligación general de realizar búsqueda alguna de datos o comunicaciones de contenido ilícito". La jueza basa esta argumentación en la Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico que, en su artículo 16, establece que los prestadores de servicios de alojamiento de datos no serán responsables por la información almacenada siempre que no tengan conocimiento efectivo de que la información es ilícita o lesiona bienes o, si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos.
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