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Tema: Consulta sobre mi renuncia en mi empleo.

  1. #1

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    Consulta sobre mi renuncia en mi empleo.

    Hola buenas compañeros del foro quisiera haceros una consulta sobre mi situación labural actual.

    De momento trabajo para Mission Mox como repartidor en Burger King en un trabajo que a priori se presentaba agradable por las condiciones descritas por telefono.

    Contrato de 20 horas para que te de tiempo a tener otro empleo o estudiar y la moto de empresa que te la ponen ellos tanto asi como el combustible.

    Pero pronto empiezan los problemas, en Agosto perfectamente estuve 2 semanas de 3 porque empece el dia 9 sin dia libre.
    El horario es partido, voy al medio dia 2 h o 3 h y por la tarde 2 h o 3h, al principio andaba rulando por 4 Burger Kings de Málaga, unos al lado de casa y los otros dos lejisimos, la empresa peca bastante de falta de comunicación y en Septiembre se encontraron una Huelga por impagos,empezamos casi 50 y ahora con suerte no llegamos a los 25.

    Muchos malos rollos, mucho llamarte en tu dia libre, mucho ponerte horas de mas sin venir a cuento, rollo deben ser 20 horas semanales, pues te ponen 23 que pueden acabar siendo 28 o 30. Se les pidio que nos cambiaran los contratos a 25 h o 30 h de entrada para no tener estos problemas con el pago de las horas extras que las pagan en 2 bloques, del 1 al 19 y el otro bloque del 19 en adelante. Todo para algo mas de 477 euros.


    Yo en vista de que me estan jodiendo las oposiciones ademas del animo porque es una ñapa tras otra he decidido renunciar, envier un email con una carta tipo el dia 12 de este mes y hice exactamente lo mismo por wassap.

    La pregunta viene, hay que firmarla? Por que hice el escrito de forma totalmente digital.
    En caso de que me quieran colar una falta de pre aviso que podria hacer? Un saludo.
    Un cordial saludo.
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  2. #2

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    El escrito se puede presentar personalmente, a través de una tercera o enviar mediante burofax.
    Cualquier forma es válida siempre que el trabajador tenga alguna forma de acreditar que la empresa lo ha recibido.
    Es por ello que si el escrito se presenta personalmente o a través de una tercera persona, es recomendable que el trabajador se quede con una copia firmada por la empresa.
    Si se opta por el burofax, lo mejor es enviarlo a la dirección que aparece en la nómina del trabajador o al centro de trabajo.



  3. #3

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    Perdón por ensuciar el hilo, pero tengo una pregunta parecida.

    Mi contrato cumple el mes que viene, y paso de firmar el siguiente por motivos primos hermanos a los suyos.
    He avisado verbalmente de que no pienso firmarlo alegando que tengo una mejor oferta en otro sitio.

    ¿Debería hacerlo también por escrito?

    Es que tengo paro acumulado y no se si es mejor o peor anunciarlo por escrito, pues mi intención es volver al paro para gastarlo.

    Un saludo.

    Hace más el que quiere que el que puede.

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  4. #4

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    Cita Iniciado por fbustamante Ver mensaje
    Perdón por ensuciar el hilo, pero tengo una pregunta parecida.

    Mi contrato cumple el mes que viene, y paso de firmar el siguiente por motivos primos hermanos a los suyos.
    He avisado verbalmente de que no pienso firmarlo alegando que tengo una mejor oferta en otro sitio.

    ¿Debería hacerlo también por escrito?

    Es que tengo paro acumulado y no se si es mejor o peor anunciarlo por escrito, pues mi intención es volver al paro para gastarlo.

    Un saludo.
    HMmmm... No soy un experto en el tema, pero si tu contrato expira...cual es el problema? Déjalo que expire y hasta luego. No tienes porque justificar nada porque no dejas el trabajo, simplemente expira el contrato y decides no renovar. Y por el mismo motivo no tendrías tampoco por qué avisar, a menos que quieras ser bueno y que te vayan buscando sustituto.

    Un saludo.
    "Hay grandes ideas por descubrir, descubrimientos disponibles para aquellos que puedan eliminar una de las capas protectoras de la verdad". (Neil Armstrong).

  5. El siguiente usuario agradece a blindrulo este mensaje:

    fbustamante (22/09/2019)

  6. #5

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    Si te ofrecen renovar y no aceptas, no vas a cobrar paro si alegan que has sido tu el que no querías renovar... si es porque se acaba simplemente, te dan la comunicación de fin de contrato y con eso sí puedes cobrar el paro, todo depende de cómo te lleves con la empresa/persona responsable del tema.
    En mi anterior curro hice así, no quise renovar por razones similares y me hicieron el fin de contrato (al fin renové por 1 mes más y luego me dieron el fin de contrato).

  7. El siguiente usuario agradece a TRaFuGa este mensaje:

    fbustamante (24/09/2019)

  8. #6

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    Cita Iniciado por TRaFuGa Ver mensaje
    Si te ofrecen renovar y no aceptas, no vas a cobrar paro si alegan que has sido tu el que no querías renovar... si es porque se acaba simplemente, te dan la comunicación de fin de contrato y con eso sí puedes cobrar el paro, todo depende de cómo te lleves con la empresa/persona responsable del tema.
    En mi anterior curro hice así, no quise renovar por razones similares y me hicieron el fin de contrato (al fin renové por 1 mes más y luego me dieron el fin de contrato).
    Efectivamente. Venía a rectificar mi error antes de que fuera tarde. Precisamente hoy otra persona me ha consultado por lo mismo y en un primer momento mi respuesta fue la misma. Si embargo, he comprobado que estaba equivocado y que si se trata de un contrarto temporal prorogable y el trabajador decide no renovar se considera baja voluntaria y NO hay derecho a paro. @fbustamante, como diece TRaFuGa, intenta que te pongan como motivo "fin de contraro" y no "baja voluntaria". Por cierto, SI debes avisar con 15 días.

    Siento mi anterior respuesta totalmente equivocada pero está covencido de que era así.

    Un saludo.
    Última edición por blindrulo; 24/09/2019 a las 22:22
    "Hay grandes ideas por descubrir, descubrimientos disponibles para aquellos que puedan eliminar una de las capas protectoras de la verdad". (Neil Armstrong).

  9. El siguiente usuario agradece a blindrulo este mensaje:

    fbustamante (24/09/2019)

  10. #7

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    Gracias a ambos compañeros.

    A ver como salgo, porque son bastante gitanos, y no les ha hecho gracia que me vaya yo antes de que me echen ellos.

    Hace más el que quiere que el que puede.

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  11. #8

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    Cita Iniciado por blindrulo Ver mensaje
    Efectivamente. Venía a rectificar mi error antes de que fuera tarde. Precisamente hoy otra persona me ha consultado por lo mismo y en un primer momento mi respuesta fue la misma. Si embargo, he comprobado que estaba equivocado y que si se trata de un contrarto temporal prorogable y el trabajador decide no renovar se considera baja voluntaria y NO hay derecho a paro. @fbustamante, como diece TRaFuGa, intenta que te pongan como motivo "fin de contraro" y no "baja voluntaria". Por cierto, SI debes avisar con 15 días.

    Siento mi anterior respuesta totalmente equivocada pero está covencido de que era así.

    Un saludo.
    Eso depende...

    Si tienes trabajo temporal de menos de un año, NO estas obligado a avisar
    En los contratos temporales se indica claramente la finalización de la relación laboral, por eso, cuando son inferiores a un año NO se exige el preaviso de 15 días de antelación para su extinción. En el caso que se superen los doce meses, las partes están obligadas a realizar la comunicación.
    Si tienes trabajo por obra y servicio y llevas menos de un año, NO estás obligado a avisar
    Los contratos de obra y servicio están regulados por el Real Decreto 2720/1998. En la norma legal se explicita que, en las contrataciones que superen el año, el solicitante de la baja de la relación laboral ha de notificar su deseo y las causas con 15 días de antelación.

  12. El siguiente usuario agradece a Karkayu este mensaje:

    fbustamante (26/09/2019)

  13. #9

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    Estoy flipando con la situación laboral en Málaga,

    Seguí tu otro hilo y ahora este, siento mucho que haya tanto empresario o empresa *******.

    Por cierto ¿de que son las oposiciones?
    Sin firma.

  14. El siguiente usuario agradece a juanin este mensaje:

    fbustamante (27/09/2019)

  15. #10

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    Eso depende...

    Si tienes trabajo temporal de menos de un año, NO estas obligado a avisar


    Si tienes trabajo por obra y servicio y llevas menos de un año, NO estás obligado a avisar
    Todo lo que dices es correcto, pero creo que has pasado por alto un detalle, hablamos de contratos temporales prorrogables, los cuales se renuevan automáticamente si niguna de las partes dice lo contrario por lo que si el trabajador no quiere continuar una vez expire, tiene que avisar y por ello como ya hemos dicho, se entiende que es una baja voluntaria y no tiene derecho a paro.

    Un saludo.
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  16. #11

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    Cita Iniciado por blindrulo Ver mensaje
    Todo lo que dices es correcto, pero creo que has pasado por alto un detalle, hablamos de contratos temporales prorrogables, los cuales se renuevan automáticamente si niguna de las partes dice lo contrario por lo que si el trabajador no quiere continuar una vez expire, tiene que avisar y por ello como ya hemos dicho, se entiende que es una baja voluntaria y no tiene derecho a paro.

    Un saludo.
    A ver, yo me refería a la obligación de avisar 15 días antes o no.
    Esta claro que si el trabajador dice de irse, es baja voluntaria

  17. #12

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    Cita Iniciado por Karkayu Ver mensaje
    A ver, yo me refería a la obligación de avisar 15 días antes o no.
    Esta claro que si el trabajador dice de irse, es baja voluntaria
    Ya, ya y yo te digo que en caso de contratos temporales prorrogables, si hay que avisar porque si no se se renuevan automáticamente.

    Un saludo.
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