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Resultados 1 al 5 de 5

Tema: Pregunta super-chorra sobre cobro de paro

  1. #1

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    Pregunta super-chorra sobre cobro de paro

    Hola, compañeros. Lo he comentado a gente pero nadie me ha sabido decir nada concreto. Es que hasta ahora nunca me había ido yo del sitio donde trabajaba, excepto el último sitio en el que estuve.

    Pongamos que, por ejemplo, estás seis meses en un sitio y te vas por voluntad propia, luego al cabo de, digamos, dos meses, encuentras otro curro y estás en él otros seis meses y te echan ellos.

    A la hora de pedir el paro, cobras el paro acumulado de 12 meses, o solo los 6 del sitio donde te echaron? Sé que si te vas tú de un sitio no puedes pedir el paro, pero ¿significa eso que ese tiempo trabajado allí tampoco se te computará a la hora de cobrarlo más adelante si te echan del siguiente sitio?

    Perdón por la pregunta tan tonta. Ya sé que son de este tipo de cosas que a según a qué edades uno ya debería estar enterado pero...

    Gracias
    _
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    Nunca me he considerado de clase media. Soy más bien de clase calcetín roñoso.

  2. #2

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    el paro es, por asi decirlo, una bolsa que tu vas acumulando, que no tengas derecho a acceder a esa bolsa por haberte ido de un trabajo no quiere decir que no hubieras estado llenando la bolsa, y cuando se cumplan los requisitos para acceder al paro, accedes a todos tus días acumulados.

    Distinto es el sueldo que se tome como base para calcular tu paro y distinto es los mecanismos que tiene la administración para evitar fraudes, esto es por ejemplo, trabajas durante 10 años en una empresa, te vas por el motivo que sea, otra empresa, pongamos de un amiguete, te contrata y al día siguiente te despide, legalmente tendrías derecho a percibir el paro acumulado y no gastado por toda tu vida laboral, pero no;

    la inspección de trabajo persigue todos los casos de rescisiones de contrato laboral con una antigüedad menor a 3 meses (cuando esa no sea la duración establecida, claro está), eso no significa que no te vayan a conceder el paro en el supuesto que he puesto, pero va a tardar bastante más y lo van a investigar a fondo para evitar fraudes.

  3. Los siguientes 2 usuarios agradecen a docc este post:

    akualung (24/01/2018), fbustamante (23/01/2018)

  4. #3

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    Cita Iniciado por akualung Ver mensaje
    Hola, compañeros. Lo he comentado a gente pero nadie me ha sabido decir nada concreto. Es que hasta ahora nunca me había ido yo del sitio donde trabajaba, excepto el último sitio en el que estuve.

    Pongamos que, por ejemplo, estás seis meses en un sitio y te vas por voluntad propia, luego al cabo de, digamos, dos meses, encuentras otro curro y estás en él otros seis meses y te echan ellos.

    A la hora de pedir el paro, cobras el paro acumulado de 12 meses, o solo los 6 del sitio donde te echaron? Sé que si te vas tú de un sitio no puedes pedir el paro, pero ¿significa eso que ese tiempo trabajado allí tampoco se te computará a la hora de cobrarlo más adelante si te echan del siguiente sitio?

    Perdón por la pregunta tan tonta. Ya sé que son de este tipo de cosas que a según a qué edades uno ya debería estar enterado pero...

    Gracias
    Cobrarás el paro acumulado de 12 meses.

    E incluso si superases días de trabajo acumulados y llegas al límite de 2 años continuados con derecho a paro, los días que no han computado no se consumen para la prestación.

    Por ejemplo, si tiene derecho a dos años de paro y consumes 1 año; encuentras un curro donde estás seis meses y se acaba el contrato, computarás en tu registro de días acumulados los nuevos de estos seis meses, los que no hayas consumido en el paro y los que no se tuvieron en cuenta porque llegaste al límite de 2 años de cobro de paro.

    Resumiendo, que aunque no te tratan mal, no te permiten tener derecho a cobro de paro más de 2 años continuados; aunque luego curres 6 meses y vuelvas a paro y te salga derecho a otros 2 años... es un mecanismo por el que no caen en saco roto los días acumulados.

    También has de saber que cobrarás el 70% de la base acumulada los primeros seis meses, después el 50%; y si tu base es tan grande que superabas los 1098 € al mes (sin hijos, sin mayores dependientes a tu cargo), pues la prestación se quedará limitada a 1098 € al mes, pero seguirás cotizando con la base media que hayas tenido en los últimos seis meses. Y si superabas con creces esos 1098 € al mes, no notarás el descenso al 50%.

    Y si encuentras un triste curro, donde te quieran pagar muy poco y dura pocos meses (mejor nunca de 3 meses o menos, por ejemplo 3 meses y 1 semana está bien, en caso contrario da muchos problemas; me lo dijeron los funcionarios, ahí el colega Docc también está en posesión de la verdad), pues te estropea la base de cotización y al volver al paro cobrarás un "churro" mucho menor que esos 1098 €, así que hay que tener precaución con los curros que aceptas una vez estas en el paro en la "máxima" posición.


    Todo esto lo pregunté bien preguntado cuando se me terminó el último curro y acudí a la cita; los funcionarios fueron un "amor", cosa rara pero cierta

    espero que te sirva la información,
    Última edición por masteries; 23/01/2018 a las 18:02

  5. Los siguientes 2 usuarios agradecen a masteries este post:

    akualung (24/01/2018), fbustamante (23/01/2018)

  6. #4

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    Mejor explicado, imposible.

    4 meses el primer año y luego cada seis meses de trabajo suman dos de paro.

    Paro maximo sin hijos unos 1000 euros.

  7. El siguiente usuario agradece a juanin este mensaje:

    akualung (24/01/2018)

  8. #5

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    Hola. Muchas gracias a todos los que habeis respondido. Perdón por haber tardado en contestar, es que esta tarde tenía escuela de idiomas y cuando he vuelto ya no me quedaban neuronas, jeje. Estoy ahora en proceso de leer las respuestas, muchas gracias de nuevo.
    _
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