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Ver la versión completa : Coche de segundamano y deudas de impuesto de circulación del anterior dueño



Estopero
07/07/2012, 12:03
Buenas chicos,

Tengo un poco de lío encima y quiero compartirlo con vosotros, no es que sea muy grave porque la cantidad de dinero no nos va a arruinar, pero si alguien tiene algún consejo que darme mejor :)

El caso es que mi novia y yo nos acabamos de sacar el carnet los dos y hemos comprado un coche de segundamano baratito a la típica conocida de un conocido de un conocido. Un peugeot 206 con unos cuantos añitos XD

Ya hemos pagado el coche (error nuestro), tenemos toda la documentación y nos disponemos a hacer la transferencia en Madrid (la chica es de otra ciudad), pagamos la tasa en hacienda y cuando nos disponemos a hacer la transferencia de titular del vehículo en tráfico nos dicen que no se puede hacer la transferencia porque la titular del vehículo tiene sin pagar aún el impuesto de vehículos de tracción mecánica de 2011 a su ayuntamiento. Encima dicen que solo les aparece la última deuda pero que puede tener más, 2010, 2009......

El impuesto de 2012 sí lo ha pagado porque le dijimos que era necesario presentar el último recibo del impuesto de circulación para hacer la transferencia, pero ni nos pensábamos que no habría pagado los anteriores! por su puesto ahora esos impuestos llevan recargo y salen a unos 150€ por año a deber.

Os podéis imaginar que cuando hemos llamado a la dueña para decirle que tiene que pagar este impuesto para que podamos hacer la transferencia nos dice con toda la cara dura "que está seca" y "que no puede pagar un duro más".

Tenemos un cabreo de narices, hemos cometido el error de confiar por eso de que había familiares/conocidos de por medio y ahora estamos en estas.

Si solo se debe 2011 vamos a darle el dinero por evitarnos más problemas y tiempo perdido, pero no ha sabido o querido decirnos si debe algún año más. Encima le tuvimos que cambiar la batería porque cuando llegó el coche a Madrid ya vino casi fundida y no quiso funcionas más, seguramente llevaba parado varios meses.

Qué hacemos si tenemos que reclamar que pague ese dinero? estamos con las manos atadas? nos va a tocar tragar y pagarlo nosotros? Nos planteamos incluso devolverle el coche pero me parece que habiéndole dado ya el dinero y habiendo enredado a conocidos de por medio va a estar complicado y sería solo la última opción.

Menudo cachondeo, espero que solo deba un año, pagárselo y que la den por saco =(

Gracias chicos.

hokori
07/07/2012, 12:30
Creo recordar que el impuesto de circulacion sino lo pagas te lo embargan directamente en cuenta.

juanvvc
07/07/2012, 12:38
Sin ninguna duda yo devolvía ese coche. A saber las sorpresas adicionales que debe tener escondidas, pero auguro que va a estar más tiempo en el mecánico que en la carretera.

En cuanto a qué hacer con los impuestos... mira el contrato de compra-venta, una de las cláusulas debería recoger esta situación.

Juk
07/07/2012, 12:40
LLamar al ayuntamiento de donde sea el coche para saber que se debe. En caso de que no lo podais aclarara, pedirla el dinero.

Entiendo que en el contrato ponía que el coche venia libre de cargas. Si es así y no os da solución, ponéis una denuncia ya que el contrato no es valido por no cumplir esa persona su parte y nada.... a esperar noticias. Seguramente acceda a pagar el dichoso impuesto antes de meterse a mayores, ya que las costas del juicio no creo que sean equiparables a pagar 60 o 120€ que supongo que será mas o menos lo que haya que pagar del impuesto.

Un saludo!

Aiken
07/07/2012, 12:41
entiendo que si ha cobrado el coche, no esta "seca", y si lo esta en cualquier caso ha sido mala fe, sino estafa.

Aiken

Yota_
07/07/2012, 12:50
Aparte de lo dicho, vamos al tema más estrictamente legal. Salvo que conste inscrito el embargo en el registro de bienes muebles (que por lo que indicas no es el caso) simplemente el ayuntamiento ha indicado a través de una aplicación (ATIMV) que no se ha pagado el recibo del año anterior. Antes tú ibas con el recibo para hacer el cambio, pero ahora los ayuntamientos estamos obligados a notificar estos datos, y si no constan las deudas, ya no se puede reclamar nada. NO se pide el del ejercicio 2012, lo puedes sacar o no, sino el del año anterior. El 2012 seguiría saliendo a nombre del titular antiguo (dado que el devengo es de 1 de enero), y suele liquidarse para ya aprovechar y dejarlo todo correcto, pero no es el que se exige como requisito legal.

El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica no grava el coche sin inscripción (a diferencia de lo que pasa con el IBI, o los problemas que se pueden tener con las cuotas de la comunidad de propietarios), con lo cual si no habéis tenido problemas en el Registro, que os hayan avisado de dichas cargas, pagando el último año podéis hacer el cambio (las deudas son independientes, con lo cual tampoco puede obligarse a pagar todas ellas).

Pero dicho todo lo anterior, la próxima vez hay que tener un poco de cabeza y pedir lo primero los recibos y no únicamente que te digan que está al corriente... y lo mismo con los pisos (que aquí la gente va al notario para inscribir la hipoteca y se cree una declaración o que aporta el recibo del último año, y luego vienen las sorpresas...)

Ah, y por cierto, lo que paguéis lo podéis reclamar si dijo que estaba al corriente... monitorio y paralante!

juanvvc
07/07/2012, 12:57
Osti, es verdad, el impuesto del que hay que presentar recibo es el del año anterior, es decir, 2011. No era el recibo del 2012 el que teníais que haber entregado...

Estopero
07/07/2012, 13:42
La verdad es que esto pasa por hacer las cosas mal y "sin rigor", así que tenéis razón. Además como decis parece que nos equivocamos todos y era el recibo de 2011 el que había que presentar...

Resulta que esta semana tenemos que ir para visitar a mi familia cerca de donde vive esta chica así que trataremos de solucionar el asunto, si solo se debe el recibo de 2011 lo pagaremos y santas pascuas. Nos acercaremos a su ayuntamiento, y espero que no ponga problemas porque creo que es ella la que tiene que hacer el pago que es la titular, aunque nosotros le demos el dinero.

Cruzo los dedos para que no vengan más sorpresas U_U

Gracias por las opiniones :)), os contaré la semana que viene cómo ha acabado el asunto.

juanvvc
07/07/2012, 14:10
Bueno, a unas malas os tocará pagar el del 2011. Pero parece que le habéis obligado a pagar el del 2012, que es normal durante la negociación que se acuerde que lo pague el comprador, así que no habéis perdido nada.

Bueno, en realidad si queréis buscar las cosquillas hasta podéis salir ganando si conseguís obligarla a que pague ella el del 2011 también, que es lo que debería hacer :D

Estopero
07/07/2012, 14:34
Bueno, a unas malas os tocará pagar el del 2011. Pero parece que le habéis obligado a pagar el del 2012, que es normal durante la negociación que se acuerde que lo pague el comprador, así que no habéis perdido nada.

Bueno, en realidad si queréis buscar las cosquillas hasta podéis salir ganando si conseguís obligarla a que pague ella el del 2011 también, que es lo que debería hacer :D

Pues sí, así que si solo tiene un año a deber lo ponemos nosotros y santas pascuas :)

Yota_
07/07/2012, 17:41
Cualquier tercero puede pagar una deuda, incluso con oposición del titular. Solo puede haber algún problema para entregar el recibo en sí, pero certificado de haber realizado el pago siempre se tiene que dar (incluso algunos aytos. directamente dan el recibo y santas pascuas). Eso sí, por si acaso aviso que en tráfico no aparecerá como pagado hasta el día siguiente, dado que la sincronización de servidores de gestión de deudas en ejecutiva del IVTM se realiza por la tarde.

Ah, juanvvc, ya no se tiene que presentar nada de un tiempo a esta parte. Ellos lo miran en su sistema todo.